Camino a los Altares

José Gregorio Hernández Cisneros

Camino de la Canonización: Siervo de Dios, Venerable, Beato y Santo

1949 - Inicio del proceso

La canonización es el acto mediante el cual la Iglesia católica, tanto en su rito oriental como en el occidental, declara como santa a una persona fallecida. Este proceso comprende la inclusión de dicha persona en el canon, la lista de santos reconocidos, así como el permiso para venerar a esa persona, a la cual se le asigna una fiesta litúrgica, se le dedican iglesias, capillas o altares, y se reconoce su poder de intercesión ante Dios. Fuente

Siervo de Dios - es un término religioso para referirse a las personas que son muy allegadas y obedientes a cierta religión.

1972 - Pablo VI

Venerable - equivale a respetable y digno de estima y honor. Este adjetivo, derivado del sustantivo veneratio, que significa respeto y culto, mantiene una significación unitaria en toda la serie de vocablos cuyas acepciones están en perfecta consonancia con una idea matriz: lo honroso y digno

1986 - Juan Pablo II

Beato - significa feliz o bienaventurado en sentido más amplio, aludiendo a la creencia de que esa persona está ya gozando del Paraíso.

Los santos - son hombres o mujeres destacados en las diversas tradiciones religiosas por sus atribuidas relaciones especiales con las divinidades o por una particular elevación ética

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